Publicado el 29.05.2015
Titular:
El interés del menor impide limitar temporalmente la atribución a su favor del uso de la vivienda familiar en caso de separación conyugal
Resumen:
La sentencia del Tribunal Supremo nº 282/2015, de 18 de mayo de 2015, reitera como doctrina jurisprudencial que "la atribución del uso de la vivienda familiar a los hijos menores de edad es una manifestación del principio del interés del menor que no puede ser limitada por el juez salvo lo establecido en el artículo 96 del Código Civil".
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